EN VIVO
Cargando clima…
Viento PatagónViento Patagón
PublicidadEste espacio está disponibleLlega a los lectores de Aysén · ver tarifas
Opinión

Justicia con distinta vara: Junaeb y caso Flores

La Corte de Santiago inadmite recursos en caso Junaeb, mientras la de Valparaíso acoge restricciones para Camila Flores. Análisis sobre la desigualdad judicial.

Víctor Reyes2 min de lectura

La Corte de Apelaciones de Santiago acaba de declarar inadmisibles los recursos de amparo de Hugo Gutiérrez y Sergio Gahona, quienes pretendían restringir la revisión de teléfonos y computadores incautados en la investigación por las presuntas coimas vinculadas a contratos de Junaeb.

En los hechos, la Fiscalía puede continuar con sus diligencias sin las restricciones que solicitaban sus defensas.
Y está bien que así sea. Una investigación por eventuales hechos de corrupción debe poder seguir la ruta del dinero, las comunicaciones y los vínculos relevantes, siempre dentro de la legalidad y con control judicial.
Pero el contraste llama la atención.
Solo días antes, la Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió parcialmente un recurso de la defensa de la senadora Camila Flores, investigada en el denominado caso “Cuota Flores” por eventual fraude al Fisco.

Allí sí se fijaron límites concretos a la revisión de sus dispositivos electrónicos: la Fiscalía debe informar quiénes tendrán acceso, qué palabras clave utilizará, no podrá revisar antecedentes anteriores a su primera elección parlamentaria y deberá excluir —e incluso eliminar— información que no sea pertinente para los hechos investigados.

Por tanto, la precisión es importante: no se prohibió investigar a Flores ni se ordenó devolver sus equipos. Lo que hizo la Corte fue acotar la extracción y utilización de información, protegiendo antecedentes personales, familiares o de terceros que no tengan relación con la investigación penal.
Ahí surge una pregunta inevitable: ¿por qué frente a solicitudes bastante similares —limitar el acceso a información privada o ajena a la causa— una Corte cierra la puerta y otra establece restricciones?

Las resoluciones judiciales son obligatorias para quienes intervienen en cada causa, pero no constituyen automáticamente una regla vinculante para todos los tribunales en casos distintos. Y precisamente por eso el problema político-judicial sigue abierto: cuando la interpretación cambia según el tribunal, la causa o el imputado, la ciudadanía termina preguntándose si la protección de la privacidad y las garantías procesales operan con la misma vara para todos.

Investigar sin privilegios debería ser la regla.
Ni persecución política ni zonas blindadas: la misma justicia, las mismas garantías y el mismo estándar, sea cual sea el apellido o el partido político.

EtiquetasCamila FloresCaso FlorescorrupciónCorte de ApelacionesJUNAEBjusticia
CompartirXFacebookWhatsApp
Víctor Reyes
Redacción · 4 de septiembre de 2026 · 17:48

Comentarios (0)

Los comentarios requieren aprobación del administrador.

Sé el primero en comentar.

Te puede interesar