Gobierno impone reglamento de Seguridad Municipal a espaldas de las comunas: acusan ilegalidad y amenaza a alcaldes
Autoridades rechazan que una falla administrativa pueda significar la destitución de un alcalde electo, denunciando falta de recursos y de diálogo.

La Asociación Chilena de Municipalidades manifestó su rechazo al reglamento de la Ley de Seguridad Municipal ingresado por el Gobierno a la Contraloría, acusando una grave falta de socialización y “elementos de ilegalidad”, según informó Diario y Radio Universidad Chile. La entidad, presidida por Gustavo Alessandri, denunció que nunca fue alertada sobre la inclusión de una nueva causal de destitución para los alcaldes, a pesar de haber participado en mesas técnicas con el Ministerio de Seguridad.
La contradicción del Ejecutivo es evidente: mientras se sienta a dialogar con el municipalismo para mejorar la seguridad comunal bajo el liderazgo del subsecretario Gonzalo Guerrero, impone a espaldas de las autoridades un mecanismo punitivo. “Lamentamos que una disposición de esta importancia no haya sido puesta en nuestro conocimiento antes de su ingreso a Contraloría, considerando además que reviste claros elementos de ilegalidad, en la medida en que una causal de cese de una autoridad elegida democráticamente no puede establecerse por la vía de un reglamento”, señalaron desde la asociación.
Los alcaldes no se quedaron atrás en las críticas. Tomás Vodanovic (Maipú) cuestionó que la ley busca fortalecer el rol municipal, “y no amenazar con quitarles autonomía”. Criticó que se vincule una falla administrativa con la destitución de un alcalde electo democráticamente y que se enteraran “por la prensa, sin ningún tipo de trabajo previo con alcaldes”, exigiendo que se respete la autonomía municipal.
Incluso quienes han respaldado la agenda de seguridad del Gobierno levantaron la voz. Felipe Alessandri (Lo Barnechea) afirmó que “tenemos el deber de advertir cuando se comete un error”. Por su parte, Christopher White (San Bernardo) fue más duro: acusó que se entregan “nuevas obligaciones sin el financiamiento, el equipamiento ni la capacitación para cumplirlas”, y que amenazar con la destitución por una falla administrativa “termina incentivando lo contrario: que nadie quiera firmar, que nadie quiera decidir”.
White añadió que “si una autoridad electa puede perder su cargo, esa causal debe estar claramente establecida en la ley, discutida en el Congreso, con proporcionalidad y debido proceso. No en un reglamento”. Una advertencia directa al Gobierno sobre su doble estándar: exigen resultados pero imponen sanciones sin garantizar recursos ni el debate legislativo correspondiente, según se mencionó en Radio Universidad de Chile.
Ante el revuelo, la Subsecretaría de Prevención del Delito intentó apagar el fuego afirmando que el artículo 8 “no crea ni amplía las causales de cesación” y que el reglamento solo explicita la responsabilidad administrativa. Sin embargo, la propia autoridad debió ceder y anunciará el retiro y reingreso del reglamento una vez despachada la “Ley Corta”, abriendo una tímida puerta a la revisión que debió hacerse antes de intentar imponer una norma a espaldas de las 346 comunas del país.
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