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CASO CATHY BARRIGA: MÁS DE 15 MIL DOCUMENTOS, PENAS DE HASTA 37 AÑOS SOLICITADAS Y UN JUICIO QUE TODAVÍA NO COMIENZA

El caso Cathy Barriga entra en una etapa decisiva: la Fiscalía acusa delitos vinculados al manejo de recursos municipales y solicita penas superiores a 23 años de cárcel, mientras el CDE pide 37 años. Más de 15 mil documentos y centenares de testigos deberán pasar ahora por el control judicial antes del juicio oral, en un proceso donde deben convivir dos principios esenciales: perseguir con rigor la eventual corrupción y respetar plenamente el debido proceso y la presunción de inocencia.

Víctor Reyes4 min de lectura

El caso de Cathy Barriga, exalcaldesa de Maipú, ha llegado a una de las etapas más importantes del proceso penal. Pero conviene separar los titulares de la realidad jurídica: Barriga aún no ha sido condenada y el juicio oral todavía no comienza. Lo que existe es una acusación formal del Ministerio Público, respaldada por un volumen extraordinario de antecedentes que ahora deberán superar el control judicial correspondiente.
La Fiscalía Metropolitana Oriente acusa a la exautoridad por hechos presuntamente cometidos durante su administración municipal entre 2016 y 2021. Actualmente se le atribuyen fraude al Fisco, malversación de caudales públicos, falsificación de instrumento público y negociación incompatible. Según la tesis del Ministerio Público, durante aquella administración se habría desarrollado una estructura destinada a realizar gastos irregulares, ocultar déficits y utilizar recursos municipales para finalidades distintas de aquellas legalmente autorizadas, provocando un perjuicio que la Fiscalía sitúa por sobre los $30 mil millones.

La dimensión probatoria explica por qué estamos frente a un proceso particularmente complejo. La Fiscalía ofreció 15.876 antecedentes documentales, 232 testigos, 13 peritos, 142 pruebas materiales y 3.307 elementos probatorios de otra naturaleza. Por eso es más preciso hablar de 15.876 documentos ofrecidos como prueba que simplemente de “15 mil pruebas”, porque el conjunto probatorio es bastante mayor.
También es necesario corregir una información que ha circulado profusamente en redes sociales: no es la Fiscalía la que está solicitando 37 años de prisión. El Ministerio Público pide penas que en conjunto superan los 23 años de cárcel, además de multas e inhabilitaciones. Los 37 años son solicitados por el Consejo de Defensa del Estado, que interviene en calidad de querellante. Medios nacionales actualizados este 7 de octubre coinciden en esa diferenciación.
Este miércoles 7 de octubre de 2026 debía comenzar ante el 9.º Juzgado de Garantía de Santiago la audiencia de preparación del juicio oral. Sin embargo, ni las acusaciones ni las pruebas alcanzaron a ser discutidas: el juez Juan Carlos Silva acogió una recusación amistosa y se inhabilitó debido a su relación de cercanía con los abogados Cristóbal Bonacic y José Miguel Barahona. Ambos habían representado anteriormente a Barriga y actualmente representan a su marido, Joaquín Lavín León, investigado en una causa surgida de una arista relacionada. La Municipalidad de Maipú planteó la recusación y tanto la Fiscalía como el CDE adhirieron a ella. La nueva audiencia fue fijada para el 19 de octubre, a las 09:00 horas.
Desde el punto de vista jurídico, esta audiencia es fundamental, pero no decide si Barriga es culpable o inocente. Conforme al Código Procesal Penal, en ella las partes pueden discutir las pruebas ofrecidas y el juez de garantía debe determinar cuáles podrán ingresar al juicio. Puede excluir prueba manifiestamente impertinente, obtenida con vulneración de garantías fundamentales o proveniente de actuaciones declaradas nulas. Concluida esa discusión, corresponde dictar el auto de apertura del juicio oral, que delimita las acusaciones y las pruebas que posteriormente conocerá el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal.

La inhabilitación del juez tampoco puede presentarse jurídicamente como una absolución, un fracaso de la Fiscalía ni una prueba de culpabilidad. Precisamente el debido proceso exige imparcialidad del tribunal, incluso en causas de enorme exposición pública. Que un magistrado se aparte cuando existe una circunstancia capaz de generar dudas sobre su independencia fortalece, y no debilita, la legitimidad de la decisión que finalmente adopten los tribunales.
POLÍTICAMENTE, EL CASO ES MUCHO MÁS QUE UNA FIGURA TELEVISIVA
Lo que está en discusión no es la personalidad pública de Cathy Barriga, ni su exposición mediática, ni si genera simpatía o rechazo. Se trata de determinar judicialmente qué ocurrió con recursos pertenecientes a una de las municipalidades más grandes de Chile, quién adoptó las decisiones, si existió una estructura destinada a ocultar déficits y, fundamentalmente, si esas conductas constituyen los delitos que sostiene la acusación.
La magnitud de las penas solicitadas impresiona, pero una petición fiscal no equivale a una sentencia. Los 23 años solicitados por la Fiscalía y los 37 reclamados por el CDE son pretensiones de los acusadores. Para convertirse en condena deberán demostrar ante un tribunal oral, más allá de toda duda razonable, los hechos, la participación penal de Barriga y la concurrencia de cada uno de los delitos imputados.
Y esa distinción es esencial en un Estado de Derecho: ni la condena popular reemplaza al tribunal, ni la presunción de inocencia convierte una acusación de esta magnitud en algo irrelevante.
Barriga ha reiterado públicamente su inocencia y hoy corresponde a su defensa controvertir la acusación con todas las garantías que establece la ley.
Por eso la verdadera pregunta no debería ser si la justicia “hará la pega o se hará los Larrys”. La pregunta institucionalmente seria es otra:
¿Será capaz el sistema judicial chileno de someter más de 15 mil documentos, centenares de testigos y una acusación por un eventual perjuicio superior a $30 mil millones a un juicio riguroso, imparcial y suficientemente transparente como para que, cualquiera sea el resultado, la ciudadanía pueda entender por qué se condenó o por qué se absolvió?
Ese es el estándar que corresponde exigir.
Porque combatir la corrupción también significa respetar el debido proceso. Y respetar el debido proceso jamás puede significar impunidad.
Causa penal en curso: Cathy Barriga mantiene la presunción de inocencia mientras no exista sentencia condenatoria firme.

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Víctor Reyes
Redacción · 7 de octubre de 2026 · 16:06

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