Corte de Coyhaique rechaza amparo del senador Calisto en causa por fraude al fisco
El Tribunal de Alzada desestimó la acción cautelar de la defensa del parlamentario, imputado por el Ministerio Público en una investigación que involucra un perjuicio superior a los 100 millones de pesos.

La Corte de Apelaciones de Coyhaique rechazó este miércoles el recurso de amparo presentado por la defensa del senador Miguel Ángel Calisto Águila, quien se encuentra imputado por el Ministerio Público como autor del delito de fraude al fisco. La acción judicial buscaba revertir la resolución del Juzgado de Garantía del 4 de septiembre, que había desestimado la ampliación del plazo de investigación y negado una cautela de garantías para acceder a soportes digitales aportados por otro imputado.
La investigación penal del Ministerio Público acusa a ocho personas por los delitos de fraude al Fisco y fraude de subvenciones, en carácter de reiterado. El monto total del perjuicio para el Estado en esta causa supera los 100 millones de pesos, y entre los acusados por fraude al fisco figura precisamente el senador Calisto.
En su fallo, el Tribunal de Alzada fue categórico al señalar que las resoluciones recurridas se relacionan con el ejercicio del derecho de defensa dentro del procedimiento penal, pero que no aparecen conectadas de manera directa e inmediata con una afectación a la libertad personal o seguridad individual del amparado. La Corte añadió que, aun cuando la persecución penal podría culminar eventualmente en una decisión que afecte su libertad, no se demostró que la resolución judicial impugnada genere una amenaza ilegal, cierta y concreta sobre dicha garantía.
El máximo tribunal regional destacó que, tras los nuevos antecedentes aportados por un coimputado, el Ministerio Público ordenó instruir nuevas investigaciones independientes. De hecho, consta en el proceso que el mismo 4 de septiembre de 2026, el Ministerio Público manifestó que todos los elementos recogidos estaban a disposición de los intervinientes, comunicó el cierre de la investigación y formuló acusación, dejando los antecedentes acumulados a disposición de los acusados para su examen y descarga.
Otro punto clave del fallo se refiere a las especies digitales solicitadas por la defensa. El tribunal señaló que el Juez recurrido informó que las especies individualizadas por la defensa no fueron consignadas entre los medios de prueba ofrecidos por el Ministerio Público en su acusación, por lo que en caso alguno podrían hacerse valer en contra del acusado en juicio, confirmando su desvinculación de los cargos que se le formulan.
Respecto de la solicitud de un plazo de investigación de ciento veinte días para examinar la evidencia digital, la Corte estimó que esta pretensión supone adoptar una decisión sobre la extensión temporal de la investigación penal, materia que cuenta con regulación y mecanismos propios dentro del procedimiento y que no corresponde resolver por vía de amparo al no constatase una afectación concreta a la libertad personal.
Por su parte, la defensa del senador Calisto había fundado el amparo en la necesidad de ampliar el plazo de investigación y acceder a determinados soportes digitales aportados por otro imputado, argumentando que la imposibilidad de revisar dichos antecedentes vulneraba su derecho de defensa dentro del proceso penal.
Foto: Miguel Ángel Calisto Águila — Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, CC BY-SA 3.0 CL (Wikimedia Commons).
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